miércoles, 2 de octubre de 2013

CONDENAN A TRES AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA POR DEFORESTAR RESERVA

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Durante un patrullaje conjunto realizado en mayo del 2010 por guardaparques oficiales del SERNANP y efectivos de la Policía Nacional del Perú en el sector Alto Malinowski, ámbito de la reserva, se halló a un grupo de mineros ilegales que reconocieron haber deforestado un área de más de 2,500 metros cuadrados para su ilícita actividad.

Una ejemplar sanción contra las actividades ilegales en las áreas naturales protegidas significó la condena de Gasmi Navarrete Ninantay y Leoncio Rodríguez Coto a tres años de pena privativa de la libertad y al pago de 3,000 nuevos soles de reparación civil a favor del Estado peruano, por haber deforestado más de 2,500 metros cuadrados de formaciones boscosas de la Reserva Nacional Tambopata, ubicada en el departamento de Madre de Dios.

El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata declaró además reo contumaz a Rodríguez Coto, por no presentarse al juicio oral abierto contra ambos por haber cometido delito contra los recursos naturales en su modalidad de depredación de bosques o formaciones boscosas en su forma agravada por haberse realizado dentro de un área natural protegida.

Según indica la imputación, durante un patrullaje conjunto realizado en mayo del 2010 por guardaparques oficiales del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP y efectivos de la Policía Nacional del Perú en el sector Alto Malinowski, ámbito de la reserva, se halló a un grupo de mineros ilegales que reconocieron haber deforestado un área de más de 2,500 metros cuadrados para realizar esta ilícita actividad.

Tras ser intervenidos, los infractores fueron denunciados ante la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Tambopata y se les abrió proceso penal por el delito de depredación de bosques dentro de un área natural protegida.
Cabe recordar que la tala de árboles al interior de un Área Natural Protegida es una actividad ilegal tipificada como delito grave y los infractores podrían ser reprimidos con penas privativas de libertad.

Asimismo, debe tenerse en cuenta que toda intervención realizada por las autoridades del SERNANP al interior de las ANP se efectúa en el marco de su facultad sancionadora, así como de protección y conservación de los recursos naturales que se encuentran bajo la tutela del Estado.

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