“En este nuevo
reglamento fijamos requisitos más rigurosos para los candidatos a las alcaldías
y regidurías. Por ejemplo, antes bastaba con presentar una declaración jurada
simple de residencia; ahora se debe probar dos años mínimos de residencia
acreditados en el DNI”, aseveró el subgerente de Participación Vecinal Eriko
Cueva Fuentes.
La Subgerencia de Participación Vecinal se culminó la
creación del nuevo Reglamento de Elecciones para Centros Poblados, el cual será
presentado para obtener los vistos buenos de las gerencias pertinentes y
posteriormente para ser aprobado en ante el pleno del concejo municipal. Todas
estas reformas, son movidas por el objetivo de llevar a la población, la
transparencia, la legalidad, y la igualdad de oportunidades para que todos los
ciudadanos participen activamente del desarrollo de sus comunidades, con el
apoyo que viene fortaleciendo la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT).
Dicho estatuto norma el proceso de elección democrática de
Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de los Centros Poblados de la Provincia de Trujillo, y reemplaza al
reglamento de la Ordenanza Municipal Nº 019-2009-MPT. “En este nuevo
reglamento fijamos requisitos más rigurosos para los candidatos a las alcaldías
y regidurías. Por ejemplo, antes bastaba con presentar una declaración jurada
simple de residencia; ahora se debe probar dos años mínimos de residencia
acreditados en el DNI”, aseveró el subgerente de Participación Vecinal Eriko Cueva Fuentes.
Tal es así, que se
busca tener un instrumento normativo que cumpla con las expectativas de la
población y sobre todo asegurar que todos los candidatos sean residentes reales
en el centro poblado al que postulan. Cabe resaltar, que de aprobarse esta nueva normativa, la misma sería
aplicada por primera vez en los centros poblados Bello Horizonte y Valle Sol
del distrito de Laredo.
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