Del mismo modo, deben presentar la resolución o documento formal de conformación del comité de calidad correspondiente, precisando claramente el ámbito de acción del Comité de Calidad, así como los documentos que sustenten la autorización de funcionamiento o el licenciamiento, según sea el caso.
Los comités de calidad de las instituciones educativas que deseen alcanzar la acreditación que otorga el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) deben actualizar sus datos a través de un aplicativo que se encuentra en la página web de la institución. Con ello podrán continuar el proceso con los nuevos Modelos de Acreditación, hoy vigentes, para los tres niveles educativos, es decir para la educación superior universitaria, para los programas de estudios de institutos y escuelas de educación superior; y para las instituciones de educación básica.
Aquellos comités de calidad recién conformados deben, igualmente, inscribirse ante el Sineace para oficializar el inicio de las etapas previas a la acreditación. Posteriormente, deberán presentar un expediente que debe contener una solicitud dirigida a la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, suscrita por la máxima autoridad de la entidad educativa. En la misma deben informar el inicio del proceso de evaluación y expresar su compromiso de reportar su avance en el proceso de autoevaluación con una periodicidad no mayor a seis meses.
Del mismo modo, deben presentar la resolución o documento formal de conformación del comité de calidad correspondiente, precisando claramente el ámbito de acción del Comité de Calidad, así como los documentos que sustenten la autorización de funcionamiento o el licenciamiento, según sea el caso.
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