La norma que lleva la firma del jefe de Estado y los ministros Jorge Nieto (Defensa) y Cayetana Aljovin (Desarrollo e Inclusión Social) dispone que los gobiernos locales, con los fondos asignados por el gobierno central, adquirirán los productos y cubrirán los gastos que demanden su distribución a los comedores populares.
El gobierno del presidente Pedro Pablo Kuczynski, dispuso el procedimiento para que los Comedores Populares, de forma temporal, distribuyan almuerzos gratuitos por 60 días a la población damnificada residente en zonas de emergencia. De acuerdo al Decreto Supremo N° 009-2017-MIDIS, publicado hoy en el diario oficial, la asistencia alimentaria comprende un almuerzo diario por damnificado. Los productos que conforman el almuerzo serán los considerados en la canasta del Programa de Complementación Alimentaria del MIDIS.
La norma que lleva la firma del jefe de Estado y los ministros Jorge Nieto (Defensa) y Cayetana Aljovin (Desarrollo e Inclusión Social) dispone que los gobiernos locales, con los fondos asignados por el gobierno central, adquirirán los productos y cubrirán los gastos que demanden su distribución a los comedores populares. Para ello, las municipalidades deberán considerar la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) o la estimación del número de damnificados que realice el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).
También se detallará las condiciones de operatividad de cada Comedor, entre otros criterios que prioricen la oportuna atención de las necesidades alimentarias de la población afectada. El Decreto también establece que el Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana y la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza actuarán como veedores en la prestación de la asistencia alimentaria. Por otro lado, se precisa que los gobiernos regionales de las circunscripciones territoriales declaradas en emergencia, podrán donar productos alimenticios a los Comedores Populares para los fines de asistencia alimentaria.
Cabe mencionar que conforme al Decreto de Urgencia 007-2017, publicado el sábado 08, el otorgamiento de esta asistencia excluye a los beneficiarios de la ayuda humanitaria alimentaria otorgada por el INDECI, los gobiernos regionales y locales. La norma también señala que la prestación alimentaria se financiará con cargo a los recursos del “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”. Desde que se inició la emergencia a consecuencia de lluvias y huaicos, el gobierno central dictó medidas inmediatas para la atención de los damnificados y la distribución de la ayuda humanitaria necesaria.
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