La representante del Ministerio Público logró demostrar en audiencia que el acusado actuó con total conocimiento y dominio del hecho; pues, tratándose de una persona mayor de edad, que en todo el uso de sus facultades mentales, buscó de forma oculta y premeditada a la menor de tan sólo cuatro años de edad.
La fiscal Dra. Carmen Lilian Namuche Reyes de la 2º Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo consiguió que se imponga pena privativa de la libertad efectiva por ocho años contra Danny Richard de la Cruz Trujillo por el delito contra la libertad sexual en la modalidad de actos contra el pudor en menores de catorce años y al pago de una reparación civil de cinco mil soles a favor de la menor agraviada Y.G.E.V.
La representante del Ministerio Público logró demostrar en audiencia que el acusado actuó con total conocimiento y dominio del hecho; pues, tratándose de una persona mayor de edad, que en todo el uso de sus facultades mentales, buscó de forma oculta y premeditada a la menor de tan sólo cuatro años de edad. De la Cruz aprovechó que la agraviada lo conocía por trabajar en el taller de su padre ubicado en el cuarto piso de su vivienda en la Av. 08 de setiembre N° 196, distrito de Florencia de Mora para realizarle tocamientos indebidos.
Así se acredita con lo sostenido por la menor de manera uniforme y coherente. El condenado era consciente en todo momento de que su actuar era ilícito, por ello amenazó a la menor, a fin de que no contara a terceros lo ocurrido, dándole chocolates cada vez que le realizaba tocamientos, los cuales fueron reiterativos; encuadrando su conducta dentro del tipo penal de tocamientos Indebidos a menor de edad – víctima menos de siete años.
Estos hechos fueron demostrados con los elementos de convicción ofrecidos por la Fiscalía y admitidos para su actuación en la audiencia de juzgamiento del hoy sentenciado.
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