miércoles, 25 de junio de 2008

DISPONEN PAGO DE AETAS Y CAFAE ADEUDADOS A TRABAJADORES DE SALUD

Según precisó Murgia Zannier el monto mensual requerido para hacer efectivo el pago de los incentivos al que por ley tienen derecho los trabajadores asciende a 1 millón 946 mil 030 nuevos soles, pero actualmente solo se paga 1 millón 326 mil nuevos soles.

En presencia de miembros del sindicato de trabajadores de Salud, el presidente del Gobierno Regional de La Libertad, Ing. José Murgia Zannier, firmó la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1977 que autoriza el financiamiento y pago de incentivos por Asignación Extraordinaria de Trabajo Asistencial (Aeta) y CAFAE, a favor del personal asistencial y administrativo, respectivamente, nombrados y contratados a plazo fijo dependientes de la Gerencia Regional de Salud.

El gerente regional de Salud, Henry Rebaza Iparraguirre, presente en la reunión, selló también su firma en esta resolución. La norma que entrará en vigencia a partir del 1º de julio del presente año permitirá cubrir la deuda y hacer efectivo los pagos correspondientes por Aetas y Cafae (fondo de asistencia y estimulo para el trabajador administrativo) que se mantiene con los trabajadores asistenciales y administrativos.

El mecanismo de financiamiento establecido en el artículo segundo de la resolución dispone que las 10 unidades ejecutoras de la Gerencia Regional de Salud transfieran sus recursos directamente recaudados a una cuenta puente de la que en forma inmediata dichos montos se redistribuirán en las mismas unidades ejecutoras de acuerdo a las necesidades establecidas en cada una. Para ello se fijan montos específicos de transferencias y distribución por unidad ejecutora.

Esto permitirá atender las diferencias no cubiertas para el pago de los incentivos al que tiene derecho el personal nombrado y contratado a plazo fijo de la Gerencia de Salud, dicta la norma."Para ser igualitarios hemos determinado que las 10 unidades ejecutoras trasfieran un porcentaje similar de sus recaudaciones, por ejemplo en el caso de la Gerencia de Salud el monto constituye el 35% de sus recursos directamente recaudados", manifestó Murgia Zannier.

A 619 mil 794 nuevos soles asciende el monto total mensual que sumarán las transferencias de las diez unidades ejecutoras, lo que permitirá completar la cifra que demanda el pago mensual de los incentivos referidos. Las unidades ejecutoras son la Gerencia Regional de Salud, el Instituto Regional de Oftalmología, el Hospital Regional, el Hospital Belén, así como las redes de salud de Chepén, Pacasmayo, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco, Otuzco y Trujillo.

Según precisó Murgia Zannier el monto mensual requerido para hacer efectivo el pago de los incentivos al que por ley tienen derecho los trabajadores asciende a 1 millón 946 mil 030 nuevos soles, pero actualmente solo se paga 1 millón 326 mil nuevos soles. La diferencia podrá ahora hacerse efectiva a través del mecanismo referido, sostuvo. Asimismo, recordó que en el 2002 el entonces ministro de Salud, Luis Solari, a través del Decreto Supremo Nº 042 generó el concepto de las Aetas (asignaciones especiales de trabajo asistencial). Así estos incentivos deben pagarse con recursos del sector Salud.

Ese mismo año con el Decreto Supremo Nº 046 se incluyeron estos beneficios al personal administrativo a través del denominado Cafae. "En términos económicos una Aeta significan 30 soles y con este decreto 046 se establece que como máximo un trabajador puede ganar 22 aetas al mes es decir 660 soles. Pero para equilibrar al tema con el personal administrativo los dispositivos incluyeron el CAFAE, el cual siempre se formó como un fondo de estimulo que se formaba con los descuentos que hacían al personal. Sin embargo con este decreto el Estado también asume la responsabilidad de financiar el CAFAE como máximo con 660 nuevos soles", manifestó.

El presidente regional enfatizó en que de acuerdo al artículo tercero de la resolución, los directores y administradores de las unidades ejecutoras de Salud que no cumplan con lo dispuesto se harán merecedores a la sanción de suspensión de un mes sin goce de haberes.

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