viernes, 22 de agosto de 2014

ANTERO FLORES ARAOZ: “TC DEBE MODIFICAR DE INMEDIATO LA LEY UNIVERSITARIA 30220”

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“Ya sabemos las consecuencias de una Universidad que dependa de las decisiones políticas y administrativas de los gobiernos de turno. Caro deseo de muchos gobiernos y dictaduras. Más aún cuando en su conceptualización, el artículo 18, la Universidad peruana “es la comunidad de profesores, alumnos y graduados”, advirtió el Jurista.

Aspectos fundamentales de la Ley Universitaria 30220, principalmente en lo relacionado con la creación de un ente sujeto al Ministerio de Educación, debe ser modificado en lo inmediato por el Tribunal Constitucional, señaló el jurista y ex ministro Ántero Flores-Aráoz, durante una masiva conferencia magistral y debate. El jurista precisó que si bien en la ley aprobada se señala en sus primeros artículos explícitamente que las universidades son autónomas, en sus artículos  siguientes se contradice.

“Se le da todas las potestades administrativas, normativas, de gobierno, académicas y económicas a la Superintendencia de educación superior universitaria -adscrito al Ministerio de Educación- que contradictoriamente decide todas estas funciones”, reveló. Enumeró, por ejemplo, que en los artículos de atribuciones del Sunedu 12, 13, 14 15, 16 le dan todo el poder para estar por encima del sistema universitario, por estar adscrito al Ministerio de Educación, quedando las universidades imposibilitadas de eficacia jurídica por la mayor capacidad que la ley le da al Sunedu.

Ya sabemos las consecuencias de una Universidad que dependa de las decisiones políticas y administrativas de los gobiernos de turno. Caro deseo de muchos gobiernos y dictaduras. Más aún cuando en su conceptualización, el artículo 18, la Universidad peruana “es la comunidad de profesores, alumnos y graduados”. “La Sunedu ha nacido abortada completamente, por torpeza legislativa y apresuramiento”, detalló Flores-Aráoz. De otro lado, argumentó que para aprobar una Ley Orgánica se necesita tener un quórum de la mitad más uno de los congresistas, vale decir 66 votos, y no sólo 55 votos a favor como ocurrió.

Citó los artículos 90 y 106 de la Constitución que es clara al precisar que “para su aprobación requiere el voto de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso”. Otro aspecto que se criticó fue el artículo 84 que señala como edad máxima para la docencia universitaria los 70 años, desconociendo toda explicación científica y ética acerca de las capacidades de las personas. Además ya hay jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional que ha dispuesto que el “docente universitario no tiene límites de edad, siempre que esté en buenas condiciones física y mentales”.

Como se conoce, diversas universidades, por una parte y 52 congresistas de otro lado, han presentado sendas demandas de inconstitucionalidad a la controvertida norma. Ante un Paraninfo abarrotado de profesores, estudiantes y trabajadores, actuaron también como panelistas los docentes Carlos Vásquez Boyer y Víctor Quilcat, teniendo como moderador a Hermes Escalante.

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