viernes, 16 de enero de 2015

COMERCIANTE ARRESTÓ A SUJETO QUE LE HABÍA ROBADO 3 COLCHONES

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El sujeto manifestó llamarse Renzo William Gamboa Gutiérrez (40), sin DNI a la vista, domiciliado en la calle Ucayali 436, urbanización El Molino, y fue trasladado a la Comisaría La Noria para ponerlo a disposición de la Policía Nacional, que ha quedado a cargo de las diligencias correspondientes.

En lo que podría ser considerado como uno de los primeros casos conocidos de arresto ciudadano, un comerciante ha atrapado a un sujeto que momentos antes había sustraído de su almacén tres colchones, y lo entregó a los policías locales y nacionales del servicio de patrullaje integrado preventivo de Seguridad Ciudadana de Trujillo, quienes posteriormente lo pusieron a disposición de Policía Nacional de la Comisaría La Noria.

El hecho ha sucedido en la calle Putumayo, de la urbanización El Molino, a donde llegaron los agentes policiales, alertados por su central de emergencia, para prestar apoyo a uno de los vecinos. En el lugar, el comerciante, identificado como Ruperto López Mesías, de 50 años de edad, denunció a un hombre, al que tenía sujeto por el brazo, de haber ingresado por el techo a su almacén, ubicado en el predio 299 de la misma calle, y sustraído 3 colchones de su propiedad.

Añadió que al darse cuenta del ingreso y robo a su local, salió a la calle y logró divisar a pocos metros a un individuo que esperaba movilidad para llevarse los colchones, por lo que lo alcanzó para reclamarle su actitud y exigirle que devuelva lo hurtado; ante la negativa de este, procedió a sujetarlo del brazo para impedir su huida. Por suerte para el comerciante, en ese momento llegaron los uniformados, a bordo de un patrullero de Seguridad Ciudadana de Trujillo, quienes constataron el hurto y detuvieron al ladrón.

El sujeto manifestó llamarse Renzo William Gamboa Gutiérrez (40), sin DNI a la vista, domiciliado en la calle Ucayali 436, urbanización El Molino, y fue trasladado a la Comisaría La Noria para ponerlo a disposición de la Policía Nacional, que ha quedado a cargo de las diligencias correspondientes. Como se sabe, desde julio del 2009 toda persona puede proceder al arresto de cualquier sujeto en caso de flagrante delito.

Esto se da al amparo de la Ley Nº 29372 que modifica los artículos 259 y 260 del nuevo Código Procesal Penal, referidos precisamente al arresto ciudadano y a la detención sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito. El artículo 260 precisa que toda persona también podrá proceder al arresto en estado de flagrancia delictiva. Agrega que, en esa circunstancia, deberá entregar en forma inmediata a la Policía más cercana, al arrestado y las cosas que constituyan el cuerpo del delito.

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