No saben cuántos son los beneficiarios e invocan norma “meteorológica” que no tiene nada que ver en este proceso, lo que debió invocarse es la norma metrológica, referente al campo de conocimientos de las mediciones, así como indicar cuáles son las especificaciones técnicas que el área usuaria confundió.
El ciudadano casagrandino Jorge López Chávez, mediante denuncia ingresada el último 21 de junio a la Contraloría General de la República, solicitó que este ente fiscalizador investigue las presuntas irregularidades que estarían ocurriendo en el proceso de adquisición de alimentos para el Programa del Vaso de Leche de la municipalidad distrital de Casa Grande. El 28 de abril, la esta comuna convocó al proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de alimentos destinados al Programa del Vaso de Leche, por un valor referencial de 181 mil 228.38 nuevos soles para atender a mil 398 beneficiarios.
Esta convocatoria corresponde al período marzo – diciembre 2011 (279 días), expediente aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 216-2011-MDCG, del 19 de Abril del 2011, y señala en su estudio de posibilidades que ofrece el mercado y determinación del valor referencial, que los beneficiarios a atender son mil 401. Ante la evidente inconsistencia entre el número de beneficiarios de uno y otro documento, la municipalidad, mediante Resolución de Alcaldía Nº 263-2011-MDCG, declara la nulidad de oficio de este proceso de selección.
“Los argumentos que aduce es que el área usuaria confundió los requerimientos técnicos mínimos de los productos a adquirir en contravención a los Art. 13º de la Ley y Art. 11º del Reglamento”, señala López Chávez. La Resolución de Alcaldía Nº 263-2011-MDCG, del 5 de mayo de 2011, señala que el área usuaria confundió los requerimientos técnicos mínimos de los productos a adquirir, “las cuales deberían de cumplir obligatoriamente con los reglamentos técnicos, normas meteorológicas y/o sanitarias nacionales”.
“La supuesta “norma meteorológica” no tiene nada que ver en este proceso, lo que debió invocarse es la norma metrológica, referente al campo de conocimientos de las mediciones, así como indicar cuáles son las especificaciones técnicas que el área usuaria confundió y determinar los productos según ítem, por lo que esta resolución carecería de motivación, deviniendo en nula, al no explicar la fundamentación que es el enlace entre las normas con la realidad, no bastando una mera exposición con errores, sino que consiste en realizar un razonamiento lógico de lo expuesto”, acotó.
El 30 de mayo, la comuna casagrandina realiza la segunda convocatoria para este proceso no indicando la cantidad de beneficiarios, para el período junio – diciembre 2011, pero el estudio de posibilidades que ofrece el mercado, elaborado el 23 de mayo, indica que son mil 327 los beneficiarios. “Esto hace que el presente proceso devenga en ambiguo y sospechoso respecto a la cantidad de beneficiarios, no cumpliendo con la finalidad de dar a conocer el verdadero análisis realizado por la entidad para determinar el valor referencial del proceso de selección”, afirmó el denunciante.
Para López Chávez la negligencia de los funcionarios a cargo de este proceso al no solicitar ni revisar cotizaciones actuales de procesos ya culminados, acarrearía un daño económico de aproximadamente 27 mil nuevos soles. Para el ítem hojuelas precocidas de quinua avena fortificada con vitaminas y minerales de la segunda convocatoria el funcionario responsable del resumen ejecutivo ha tomado como referencia las cotizaciones de la primera convocatoria, determinando que el valor referencial es de S/. 6.20 por kilogramo.
La municipalidad distrital de Florencia de Mora otorgó la buena pro en la ADP Nº 001-2011-CEPVL/MDFM, de fecha 8 de marzo del 2011, a la empresa Procesadora de Alimentos Perú SAC, la que cotizó a S/. 5.20, por lo que habría una diferencia de un nuevo sol por kilogramo. Esto significa que la municipalidad pagaría 15 mil 603.83 nuevos soles de más.
“Similar situación se observa en la adquisición de leche evaporada existiendo una diferencia de treinta centavos de nuevo sol por tarro entre el valor referencial y la buena pro que otorgó la Municipalidad distrital de Moche por el mismo producto, lo que arrojaría una diferencia de 11 mil 214.77 nuevos soles en perjuicio de la comuna casagrandina”, afirmó el denunciante.
No hay comentarios:
Publicar un comentario