miércoles, 6 de febrero de 2008

CORTE SUPREMA CONFIRMÓ PRIMERA SENTENCIA APLICADA CON NUEVO CODIGO PENAL EN LA LIBERTAD

Mediante sentencia de casación del 29 de enero último, la instancia suprema declaró infundado el recurso presentado por Víctor Nino Urquiza Cotrina, sentenciado el 21 de junio de 2007 a diez años de pena privativa de la libertad por delito de robo agravado en agravio de Luis Miguel Reyes Arqueros.

La Sala Permanente de la Corte Suprema de Justicia resolvió el primer recurso de Casación interpuesto durante la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de La Libertad, en un caso por delito grave que sentenció el Primer Juzgado Penal Colegiado y que confirmó la Sala de Apelaciones, a cargo del Vocal Superior, doctor Víctor Burgos Mariños, y que subió en apelación vía casación a la máxima instancia del Poder Judicial.

Mediante sentencia de casación del 29 de enero último, la instancia suprema declaró infundado el recurso presentado por Víctor Nino Urquiza Cotrina, sentenciado el 21 de junio de 2007 a diez años de pena privativa de la libertad por delito de robo agravado en agravio de Luis Miguel Reyes Arqueros, más el pago de mil nuevos soles por concepto de reparación civil.

Urquiza Cotrina, en aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, fue sometido a juicio oral que necesitó apenas tres horas para que el Primer Juzgado Penal Colegiado lo sentenciara al encontrarlo culpable de asalto y extorsión a Reyes Arqueros, a quien el 1 de abril del año pasado despojó de su vehículo y le exigió el pago de un cupo para recuperarlo.

El proceso penal se inició el 16 de abril y el 21 de junio los magistrados Víctor Malca Guaylupo, quien actuó como presidente y director de debates del Colegiado, Raquel López Patiño y William Matta Berríos, llevaron adelante la audiencia que se desarrolló bajo las reglas de litigación del NCPP y concluyó en menos de tres horas. La sentencia fue apelada y pasó a conocimiento por la Sala Penal de Apelaciones de La Libertad que, mediante resolución del 13 de agosto, confirmó la sentencia expedida por el Juzgado Penal Colegiado.

Sin embargo, esta resolución mereció una nueva apelación vía casación ante la Corte Suprema. “En tal sentido, la sentencia de la Sala Permanente de la Corte Suprema ha confirmado las resoluciones expedidas por los órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal, constituyendo el primer recurso de casación resuelto durante la vigencia del nuevo modelo procesal”, explicó el presidente de la Sala de Apelaciones, Dr. Víctor Burgos Mariños.

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