jueves, 8 de noviembre de 2012

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ASCOPE CANCELO DEUDA POR MAS DE 500 MIL A ESSALUD

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Percy Lara Holquin, Ejecutor Coactivo de la EsSalud La Libertad, manifestó que realiza un mecanismo eficaz con las empresas o entidades del sector público, que adeudan a EsSalud, se les evalúa, se realiza un análisis de su presupuesto e ingresos, se brindan las facilidades para que amorticen la deuda, de manera ordenada.

La Municipalidad Provincial de Ascope canceló a EsSalud La Libertad, la suma de 571 mil nuevos soles, por concepto de reembolso de prestaciones de salud, siendo esta, una de las entidades empleadora del sector público con mayor deudas a esta institución, lo  informó el Dr. Juan Tafur Ganoza, Gerente  de la  Red Asistencial La Libertad. El Dr. Tafur felicito al alcalde Sr. José Castillo Pérez y a todo su equipo de regidores, por haber asumido con responsabilidad este compromiso de pagar dicha deuda, ya que esto nos permite brindarles una atención integral a todos sus trabajadores y derechohabientes, agregó.

Por su parte el Dr. Percy Lara Holquin, Ejecutor Coactivo de la EsSalud La Libertad, manifestó que realiza un mecanismo eficaz con las empresas o entidades del sector público, que adeudan a EsSalud, se les evalúa, se realiza un análisis de su presupuesto e ingresos, se brindan las facilidades para que amorticen la deuda, de manera ordenada con el objetivo de facilitarles que paguen su deuda, hasta cancelar en su totalidad. Estas facilidades que brinda EsSalud La Libertad, le permite suspender la ejecución de las medidas cautelares siempre que se cumple con el pago de la cuota pactada y en el día acordado.

Preciso el Dr. Lara que los resultados obtenidos son producto del desarrollo de acciones, seguimiento y control de las deudas pendientes de cobranza y la ejecución de disposiciones destinadas a su recaudación dentro del marco legal del D.S. 018-2008-JUS-Texto Único de la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, lo que aplica de manera indistinta a empleadores del sector público como privada. Lara, dijo que en el  artículo 10° de la Ley 28791 modificatoria de la Ley 26790, “Ley de Modernización de la Seguridad Social”, señala que cuando el empleador se encuentra en mora en el pago de sus aportes regulares, EsSalud no deja de brindarle las prestaciones aludidas.

Sin embargo, tiene el derecho de exigir al empleador el reembolso del costo de las prestaciones otorgadas, el cual lo ejerce a través de la notificación de la Resolución de Cobranza y el procedimiento de ejecución coactiva regulado por ley.

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