“Si el parlamentario u otra autoridad considera a título personal que no debe seguir más en el cargo, ¿por qué no dejar la opción para que tome esa decisión? Hay un principio universal de que la ley debe ser igual para todos”, comentó el miembro titular de Jurado Nacional de Elecciones, Dr. Gastón Soto Vallenas.
El derecho a la renuncia del cargo que goza el Presidente de la República debe extenderse a los congresistas y a las demás autoridades elegidas por voluntad popular, opinó hoy el miembro titular del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), dR. Gastón Soto Vallenas. Según dijo, a título personal, el artículo 113 de la Constitución establece que la Presidencia de la República vaca, entre otras causas, por la aceptación de su renuncia en el Congreso Nacional.
“Es decir, su dimisión está condicionada a la aceptación del Parlamento, pero igual queda abierta la posibilidad de renuncia. Ese mismo derecho debe extenderse a otros cargos de elección popular como los miembros del Poder Legislativo”, declaró. A propósito de la anunciada renuncia del parlamentario aprista Javier Valle Riestra, dijo que esa dimisión ahora no es posible de acuerdo al artículo 95 de la Carta Magna.
Soto Vallenas, quien es catedrático de derecho, precisó que la renuncia parlamentaria sólo sería posible si la representación nacional efectúa las reformas constitucionales necesarias para que el cargo sea renunciable. Desde su punto de vista, consideró que el derecho a la renuncia no debe extenderse únicamente a los congresistas, sino también a otros cargos elegidos por la ciudadanía a través del sufragio, como los presidentes regionales y los alcaldes.
“Si el parlamentario u otra autoridad considera a título personal que no debe seguir más en el cargo, ¿por qué no dejar la opción para que tome esa decisión? Hay un principio universal de que la ley debe ser igual para todos”, comentó. Del mismo modo, el magistrado consideró necesario que se establezca la revocatoria de los legisladores para que ciudadanía tenga la oportunidad de revocarlos, tan igual como lo pueden hacer con los burgomaestres y las autoridades regionales.
Agregó que estos principios deben ser uniformizados para todas las autoridades, sin que exista una diferenciación tan marcada. También opinó que sería oportuno establecer la renovación por tercios o mitades, cada plazo de tiempo, para que los congresistas puedan ser reemplazados por gente electa de sus propias agrupaciones políticas.
Sobre la eventual posibilidad de afectar las condiciones de gobernabilidad por esta clase de mecanismos, Soto Vallenas desestimó que puedan crear condiciones negativas para el desarrollo del país. “Al pueblo peruano le conviene tener parlamentarios con calidad, con condiciones, con capacidad suficiente para ser legítimo representante del pueblo”, acotó.
El derecho a la renuncia del cargo que goza el Presidente de la República debe extenderse a los congresistas y a las demás autoridades elegidas por voluntad popular, opinó hoy el miembro titular del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), dR. Gastón Soto Vallenas. Según dijo, a título personal, el artículo 113 de la Constitución establece que la Presidencia de la República vaca, entre otras causas, por la aceptación de su renuncia en el Congreso Nacional.
“Es decir, su dimisión está condicionada a la aceptación del Parlamento, pero igual queda abierta la posibilidad de renuncia. Ese mismo derecho debe extenderse a otros cargos de elección popular como los miembros del Poder Legislativo”, declaró. A propósito de la anunciada renuncia del parlamentario aprista Javier Valle Riestra, dijo que esa dimisión ahora no es posible de acuerdo al artículo 95 de la Carta Magna.
Soto Vallenas, quien es catedrático de derecho, precisó que la renuncia parlamentaria sólo sería posible si la representación nacional efectúa las reformas constitucionales necesarias para que el cargo sea renunciable. Desde su punto de vista, consideró que el derecho a la renuncia no debe extenderse únicamente a los congresistas, sino también a otros cargos elegidos por la ciudadanía a través del sufragio, como los presidentes regionales y los alcaldes.
“Si el parlamentario u otra autoridad considera a título personal que no debe seguir más en el cargo, ¿por qué no dejar la opción para que tome esa decisión? Hay un principio universal de que la ley debe ser igual para todos”, comentó. Del mismo modo, el magistrado consideró necesario que se establezca la revocatoria de los legisladores para que ciudadanía tenga la oportunidad de revocarlos, tan igual como lo pueden hacer con los burgomaestres y las autoridades regionales.
Agregó que estos principios deben ser uniformizados para todas las autoridades, sin que exista una diferenciación tan marcada. También opinó que sería oportuno establecer la renovación por tercios o mitades, cada plazo de tiempo, para que los congresistas puedan ser reemplazados por gente electa de sus propias agrupaciones políticas.
Sobre la eventual posibilidad de afectar las condiciones de gobernabilidad por esta clase de mecanismos, Soto Vallenas desestimó que puedan crear condiciones negativas para el desarrollo del país. “Al pueblo peruano le conviene tener parlamentarios con calidad, con condiciones, con capacidad suficiente para ser legítimo representante del pueblo”, acotó.
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