Por ello, continuamos adoptando una serie de medidas, como la reducción de plazos de atención, a fin de brindar un servicio de calidad, simplificado y de fácil acceso", señaló el Dr. Benjamín Yep Maeda, Jefe de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo.
Acorde con los lineamientos de modernización del Estado y mejoramiento de procesos para optimizar los servicios registrales, desde el jueves 25 de octubre, la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo, en el Registro de Predios, ha reducido los plazos de calificación a dos días hábiles, para los actos inscribibles de subdivisión y acumulación de predios, hasta cuatro lotes (catastrados o no). Dicha medida se sustenta en la Resolución Gerencial Nº 290 – 2007 – ZR-V-ST-GR (24.10.07). "Buscamos promover y garantizar la seguridad jurídica de los actos y derechos de personas jurídicas y naturales.
Por ello, continuamos adoptando una serie de medidas, como la reducción de plazos de atención, a fin de brindar un servicio de calidad, simplificado y de fácil acceso", señaló el Dr. Benjamín Yep Maeda, Jefe de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo. Agregó que según el Art. 37 del Reglamento General de los Registros Públicos, cada Zona Registral está facultada para establecer plazos distintos a los previstos en dicha norma. "Por esta razón hemos dispuesto, bajo este marco normativo, que los actos indicados deben ser atendidos en el plazo de dos días hábiles, desde su ingreso por el Libro Diario", aplicó.
El titular de los Registros en La Libertad precisó que el Reglamento General, señala "Las tachas sustantivas, observaciones y liquidaciones a los títulos se formularán dentro de los siete primeros días de su presentación o dentro de los cinco días siguientes a su reingreso". Ahora los usuarios podrán recoger las respectivas constancias de inscripción a partir de las tres de la tarde del segundo día hábil de su presentación en el diario. Para ello, es requisito que en la presentación del título, se utilice el formulario de "Título Rápido de Acumulación y Subdivisión de lotes".
Asimismo, informó que esta medida forma parte del "Servicio de Títulos de Atención Rápida", implementado desde marzo del 2007, mediante el cual los resultados de la calificación registral son entregados al primer día hábil siguiente de su presentación para los casos de: Compra venta de un predio, hipoteca sobre un predio, numeración de finca, bloqueo registral, constitución de sociedad e inscripciones de reserva de denominación social. En el Registro de Propiedad Vehicular, el resultado de la calificación se entrega al día siguiente de presentada la solicitud en los casos de: Duplicado de tarjeta, duplicado de orden de placas y cambio de color de vehículo.
En el segundo día hábil siguiente a la fecha de su presentación, se entregan las transferencias vehiculares (compra venta, donación, anticipo, entre otros actos). Asimismo, las anotaciones de sucesión intestada notarial, inscripción de testamentos y de asociaciones, renuncia y nombramiento de un gerente, subdivisiones y acumulación de lotes urbanos (hasta cuatro lotes). Al respecto, precisó que los plazos de atención rápidos antes indicados, son aplicables a los actos y derechos que recaen sobre un solo predio o un vehículo inscrito en la Oficina Registral Trujillo.
En publicidad registral, las copias simples se atienden al instante; los certificados literales (dominio, títulos archivados, partidas), en una hora como máximo. Asimismo, en sólo dos horas se expiden los certificados compendiosos como son: gravamen (inmobiliario y mobiliario), propiedad única, vigencia de poder (personas naturales y jurídicas), negativa de testamento e intestada y certificado registral inmobiliario.
Por ello, continuamos adoptando una serie de medidas, como la reducción de plazos de atención, a fin de brindar un servicio de calidad, simplificado y de fácil acceso", señaló el Dr. Benjamín Yep Maeda, Jefe de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo. Agregó que según el Art. 37 del Reglamento General de los Registros Públicos, cada Zona Registral está facultada para establecer plazos distintos a los previstos en dicha norma. "Por esta razón hemos dispuesto, bajo este marco normativo, que los actos indicados deben ser atendidos en el plazo de dos días hábiles, desde su ingreso por el Libro Diario", aplicó.
El titular de los Registros en La Libertad precisó que el Reglamento General, señala "Las tachas sustantivas, observaciones y liquidaciones a los títulos se formularán dentro de los siete primeros días de su presentación o dentro de los cinco días siguientes a su reingreso". Ahora los usuarios podrán recoger las respectivas constancias de inscripción a partir de las tres de la tarde del segundo día hábil de su presentación en el diario. Para ello, es requisito que en la presentación del título, se utilice el formulario de "Título Rápido de Acumulación y Subdivisión de lotes".
Asimismo, informó que esta medida forma parte del "Servicio de Títulos de Atención Rápida", implementado desde marzo del 2007, mediante el cual los resultados de la calificación registral son entregados al primer día hábil siguiente de su presentación para los casos de: Compra venta de un predio, hipoteca sobre un predio, numeración de finca, bloqueo registral, constitución de sociedad e inscripciones de reserva de denominación social. En el Registro de Propiedad Vehicular, el resultado de la calificación se entrega al día siguiente de presentada la solicitud en los casos de: Duplicado de tarjeta, duplicado de orden de placas y cambio de color de vehículo.
En el segundo día hábil siguiente a la fecha de su presentación, se entregan las transferencias vehiculares (compra venta, donación, anticipo, entre otros actos). Asimismo, las anotaciones de sucesión intestada notarial, inscripción de testamentos y de asociaciones, renuncia y nombramiento de un gerente, subdivisiones y acumulación de lotes urbanos (hasta cuatro lotes). Al respecto, precisó que los plazos de atención rápidos antes indicados, son aplicables a los actos y derechos que recaen sobre un solo predio o un vehículo inscrito en la Oficina Registral Trujillo.
En publicidad registral, las copias simples se atienden al instante; los certificados literales (dominio, títulos archivados, partidas), en una hora como máximo. Asimismo, en sólo dos horas se expiden los certificados compendiosos como son: gravamen (inmobiliario y mobiliario), propiedad única, vigencia de poder (personas naturales y jurídicas), negativa de testamento e intestada y certificado registral inmobiliario.
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