miércoles, 14 de noviembre de 2007

ALCALDES EXIGEN QUE SE REGLAMENTE LEY DE MANCOMUNIDADES

Burgomaestres denuncian que el MEF no lo hace para evitar transferir partidas, también solicitan que se incremente Foncomun y transferencia de recursos adicionales provenientes del canon actualmente asignado al gobierno central

Los participantes en el II Encuentro de Mancomunidades de la Macro Región Norte del Perú, coincidieron en exigir al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que reglamente lo antes posible la Ley Nº 29029 de Mancomunidad Municipal, pues se trata de una herramienta alternativa para hacer frente al fraccionamiento territorial existente en el país y para que los gobiernos ediles sean promotores del desarrollo local. Poco más de 15 alcaldes, mayor número de regidores y funcionarios ediles escucharon durante dos días en Paiján y Rázuri (Ascope) diversas ponencias, compartieron experiencias e intercambiaron opiniones sobre asociativismo y mancomunidad.

Joel Díaz Velásquez, alcalde de la provincia Gran Chimú y presidente de la Coordinadora de Desarrollo de la Cuenca del Valle Chicama (Code Chicama), organismo organizador del encuentro, indicó que para ser promotores del desarrollo, como lo contempla la Ley de Municipalidades, los gobiernos locales deben gozar de las condiciones económicas, políticas e institucionales necesarias. "Se supone que el Gobierno Central debe contribuir con estas facilidades, pero en el MEF lo único que encontramos son trabas y mucha burocracia cuando se trata de gestionar presupuestos o partidas económicas para obras, enfatizó.

Frente a la parálisis del proceso de descentralización e integración regional, la Mancomunidad constituye una herramienta alternativa para hacer frente a todo esto. Como autoridades hacemos los mejores esfuerzos y apelamos a la capacidad de gestión para emprender acciones de desarrollo, dijo seguidamente. En un manifiesto o declaración suscrita conjuntamente los participantes del encuentro coinciden en indicar que para consolidar el proceso de descentralización y desarrollo integral del país es necesario que en tal proceso se incluya y vincule a los gobiernos regionales y locales, así como a las organizaciones sociales y productivas.

Igualmente señalan que para contribuir a este proceso el gobierno central debe emitir normas e implementar transferencias, competencias y recursos económicos que permitan que los gobiernos locales sean promotores del desarrollo local. Dentro del proceso de integración regional la mancomunidad constituye una herramienta alternativa para hacer frente al fraccionamiento territorial existente en el país. Los gobiernos locales emplean esta alternativa para lograr la mejora de la prestación de servicios y promover el desarrollo local y económico, sobre la base de sumar recursos y capacidades para lograr asistencia técnica del gobierno central y cooperación.

Para lograr estos objetivos es necesaria la reglamentación de la Ley de Mancomunidad Municipal, que está a cargo del MEF. Si bien la Ley entró en vigencia en setiembre de este año, estableciéndose el marco jurídico para el desarrollo y promoción de las relaciones de asociatividad o mancomunidades para ejecutar obras o prestar servicios, hasta ahora no se ha emitido el reglamento respectivo. Para asegurar que funcionen adecuadamente y efectivamente, es necesario incorporar incentivos reales, por ejemplo del Foncomun o las transferencias de recursos adicionales provenientes del canon que actualmente está asignado al gobierno central.

A través de esta declaración exhortan a todas las asociaciones y redes municipales regionales del país a sumarse a este esfuerzo de la Red de Municipalidades Rurales del Perú (Remurpe) de lograr un mejor reglamento de la Ley de Mancomunidad Municipal. Díaz Velásquez recordó que la mancomunidad es el acuerdo voluntario de 2 o más municipalidades que se unen para promover el desarrollo local, la participación ciudadana y mejorar la calidad de los servicios a los ciudadanos. Para su crecaión se requiere la aprobación previa de los respectivos concejos municipales por medio de un Acuerdo de Concejo.

Las mancomunidades tienen prioridad en la evaluación de los proyectos de inversión pública de alcance intermunicipal en el marco de las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública (Snip), así como en el Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Gestión Pública para la obtención de acreditación para la transferencia de los programas sociales y las funciones sectoriales. También tienen prioridad y tasas de interés preferencial para el financiamiento de maquinarias y equipos a través del Programa de Equipamiento Básico Municipal (Prebam), y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (Apci).

A través de este interés preferencial, se les dará prioridad a sus solicitudes para la canalización, preparación y ejecución de planes, programas y proyectos de cooperación técnica internacional. Los recursos que podrán utilizar para financiamiento o cofinanciamiento en la ejecución de proyectos de inversión pública de obras y/o prestación de servicios corresponderán a canon y sobrecanon, regalías, foncomun y participación de rentas de aduanas.

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